decree 36 amendments

ÚLTIMA HORA: Actualización de las enmiendas al Decreto 36

Nuevas propuestas del Gobierno y exclusiones clave en la comisión del Senado

El Decreto-Ley 36/2025 de Italia, a menudo llamado “Decreto Tajani”, está siguiendo los pasos legislativos para convertirse en ley permanente (DDL 1432), y se acaban de producir algunos avances críticos. Esta actualización de las enmiendas al Decreto 36 arroja luz sobre las actividades recientes en la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado italiano (1ª Commissione Permanente Affari Costituzionali, Presidenza del Consiglio e Interni, Ordinamento generale dello Stato e della Pubblica Amministrazione). En este foro, han surgido nuevas enmiendas respaldadas por el gobierno, mientras que un buen número de propuestas de los partidos de la oposición han sido declaradas inadmisibles por no guardar relación directa con la materia. Estos hechos dibujan un panorama más claro de la probable forma final de la ley y de cómo afectará a la ciudadanía italiana por descendencia.

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Si busca una lista completa de todos los cambios sugeridos inicialmente, la encontrará en nuestra guía detallada sobre las enmiendas al Decreto 36. La comisión, presidida por el ponente, el senador Lisei (FdI), sigue trabajando intensamente en el análisis de estas cuestiones.

Puede realizar el seguimiento de los detalles legislativos oficiales en el sitio web oficial del Senado italiano y consultar la Gazzetta Ufficiale (Boletín Oficial) para las publicaciones formales.

El Gobierno presenta enmiendas específicas (1.500 y 1.0.500)

El Gobierno italiano ha presentado dos nuevas enmiendas, numeradas como 1.500 y 1.0.500. Aunque introducen ajustes particulares, no modifican los principales elementos restrictivos del Decreto Tajani en lo relativo a la ciudadanía jure sanguinis. El texto de las enmiendas, si bien ha sido anunciado, aún no se ha publicado oficialmente (hemos conseguido un avance del mismo), por lo que el texto definitivo podría diferir del presentado en este artículo.

Enmienda 1.500: Ajuste de los plazos de tramitación para determinadas solicitudes de ciudadanía

Esta propuesta afecta principalmente a los plazos de las solicitudes de ciudadanía gestionadas al amparo del artículo 5 (ciudadanía por matrimonio) y del artículo 9 (ciudadanía por naturalización o residencia) de la ley principal de ciudadanía de Italia, la Ley 91/1992.

  • El párrafo 1-bis modifica el artículo 9-ter, párrafo 1, de la Ley 91/1992. Lo que hace es eliminar la opción de prorrogar el plazo de tramitación de estas solicitudes más allá de los 24 meses habituales (se suprime la parte que decía “prorogabili fino al massimo di trentasei mesi”). De este modo, para las nuevas solicitudes bajo estos artículos, el límite estricto será de 24 meses.
  • El párrafo 1-ter actúa como cláusula de salvaguardia. Confirma que las solicitudes presentaron bajo los artículos 5 y 9 que ya se encuentren en trámite cuando entre en vigor esta nueva norma se gestionarán según las reglas anteriores (lo que significa que el plazo de 24 meses aún podrá prorrogarse hasta los 36 meses).

Qué significa esto: El objetivo de esta medida es aportar mayor certeza a los plazos de tramitación de las futuras solicitudes de ciudadanía por matrimonio o residencia de larga duración, estableciendo un límite firme de 24 meses. Sin embargo, esto no introduce modificaciones en lo que respecta a la actualización de las enmiendas al Decreto 36 en relación con el jure sanguinis.

Enmienda 1.0.500: Una vía restringida para que determinados exciudadanos recuperen la ciudadanía

Esta enmienda propone incorporar un nuevo “Artículo 1-bis” a la Ley 91/1992, centrándose en la recuperación de la ciudadanía.

  • Ajusta el artículo 9-bis, párrafo 2, de la Ley 91/1992 con un pequeño detalle técnico sobre las declaraciones realizadas ante las oficinas consulares.
  • La parte principal modifica el artículo 17, párrafo 1, de la Ley 91/1992. El nuevo texto permitiría recuperar la ciudadanía a aquellas personas que hayan nacido en Italia O hayan residido allí durante al menos dos años seguidos Y hayan perdido la ciudadanía italiana debido a normas específicas (Art. 8, apartados 1 y 2, o Art. 12) de la Ley 555 de 13 de junio de 1912.
  • Para ello, deberán realizar una declaración específica entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de diciembre de 2027.
  • Un aspecto muy importante: la norma comienza señalando “Fermo restando quanto previsto dall’articolo 3-bis”, lo que significa “Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3-bis“. Esto deja claro que esta opción de recuperación no elude las nuevas restricciones que el Decreto Tajani impone a las solicitudes por jure sanguinis.
  • Se aplicará una nueva tasa consular de 250 € por realizar esta declaración para recuperar la ciudadanía.

Qué significa esto: La enmienda 1.0.500 abre una oportunidad temporal para que un grupo muy específico de exciudadanos recupere la ciudadanía italiana. No obstante, al especificar con claridad que el artículo 3-bis no se ve afectado, no representa una vía alternativa para nuevas solicitudes de ciudadanía por descendencia que no cumplan con los nuevos y más estrictos criterios del jure sanguinis. Este es un punto vital en esta actualización de las enmiendas al Decreto 36.

Múltiples enmiendas de la oposición declaradas inadmisibles

En un avance significativo, la comisión del Senado ha calificado un amplio conjunto de enmiendas como “improponibili per estraneità di materia” (inadmisibles por ajenas a la materia). Estas fueron presentadas principalmente por partidos de la oposición (M5S, PD, Azione, AVS, Italia Viva). Básicamente, se consideraron inadmisibles porque se estimó que su contenido no estaba relacionado de forma directa con el objeto del decreto-ley bajo conversión.

Algunas de las propuestas que fueron descartadas incluyen:

  • Enmiendas 1.2, 1.3, 1.71, 1.74, 1.0.4 y secciones de 2.0.1 y 2.0.2: Todas ellas tenían como objetivo introducir diferentes versiones del ius scholae (obtención de la ciudadanía por cursar estudios en Italia).
  • Enmienda 1.90: Proponía incrementar sustancialmente las multas por incumplimiento de las normas del AIRE (Registro de Italianos Residentes en el Extranjero).
  • Enmiendas 1.0.1, 1.0.2, 1.0.3, 1.0.5, 1.0.6: Se trataba de propuestas más generales, algunas de las cuales planteaban diferentes conjuntos de restricciones u otras vías para obtener la ciudadanía.

Qué significa esto: Al descartar estas enmiendas, se reducen notablemente las posibilidades de que se introduzcan cambios profundos en el Decreto Tajani, especialmente reformas que habrían creado nuevas vías para obtener la ciudadanía, como el ius scholae, o que habrían suavizado de forma significativa las reglas del jure sanguinis.

Situación actual: perspectivas para la actualización de las enmiendas al Decreto 36

La iniciativa del gobierno de introducir enmiendas muy específicas y limitadas, a la vez que se descartan muchas de las propuestas de mayor alcance de la oposición, apunta en una dirección clara. Todo parece indicar que el gobierno italiano está decidido a que el Decreto Tajani se convierta en ley casi exactamente como se redactó en un principio: con carácter restrictivo, incorporando únicamente pequeños ajustes para asuntos administrativos o supuestos de recuperación muy concretos que no debiliten sus normas principales.

La Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado celebrará más sesiones para examinar las enmiendas que siguen sobre la mesa, además de las subenmiendas correspondientes. No obstante, esta actualización de las enmiendas al Decreto 36 sugiere que el efecto central del decreto sobre la ciudadanía italiana por descendencia probablemente no experimentará grandes cambios durante estos debates. El interrogante principal ahora es cómo repercutirán estas medidas en las futuras solicitudes de ciudadanía y en las que ya están en curso. También queda por ver si órganos como la Corte Constitucional italiana se pronunciarán al respecto más adelante. Por el momento, el camino parece despejado para una aprobación que refleje en gran medida el decreto original del gobierno.

Siga de cerca nuestra sección de noticias para obtener más información a medida que se publique.

Preguntas frecuentes: Lo último sobre la actualización de las enmiendas al Decreto 36

¿En qué consisten las nuevas enmiendas del gobierno al Decreto 36, numeradas como 1.500 y 1.0.500?

La enmienda 1.500 modifica la Ley 91/1992 (Art. 9-ter). Establece que, para las nuevas solicitudes de ciudadanía por matrimonio (Art. 5) o naturalización por residencia (Art. 9), el plazo de tramitación de 24 meses pasa a ser estricto, suprimiéndose la antigua prórroga de hasta 36 meses. Los casos ya en curso seguirán rigiéndose por las normas anteriores. La enmienda 1.0.500 incorpora un nuevo Art. 1-bis a la Ley 91/1992, abriendo un plazo específico (del 1 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2027) para que ciertos exciudadanos reclamen su ciudadanía. Esto se aplica a quienes la perdieron bajo determinados apartados de la Ley de 1912 y que hayan nacido en Italia o residido allí al menos dos años. Esta vía respeta de forma explícita las normas del Decreto Tajani para la ciudadanía por descendencia (Artículo 3-bis) y conlleva una nueva tasa consular de 250 €.

¿Qué enmiendas importantes de la oposición al Decreto 36 fueron descartadas?

La comisión del Senado determinó que varias enmiendas de gran relevancia, en su mayoría de partidos de la oposición como M5S, PD, Azione, AVS e Italia Viva, eran ajenas a la materia del proyecto y, por lo tanto, inadmisibles. Estas incluían propuestas sobre el ius scholae (ciudadanía a través de la escolarización en Italia), reformas que habrían alterado la esencia del Decreto Tajani y una enmienda que buscaba elevar sustancialmente las multas por no actualizar los datos del AIRE. Encontrará un desglose completo de las propuestas iniciales en nuestro artículo anterior sobre las enmiendas al Decreto 36.

¿Facilitarán las nuevas enmiendas del gobierno las reglas del Decreto Tajani sobre la ciudadanía jure sanguinis?

No, las nuevas enmiendas del gobierno (1.500 y 1.0.500) no modifican ni flexibilizan las principales condiciones restrictivas para la ciudadanía italiana por descendencia (jure sanguinis) introducidas por el Artículo 3-bis del Decreto Tajani. Estas nuevas enmiendas abordan materias distintas: los plazos de tramitación para otras vías de obtención de la ciudadanía y una vía muy específica para que determinados exciudadanos recuperen la nacionalidad, la cual respeta de manera expresa las nuevas regulaciones del jure sanguinis.

¿Qué conclusión se extrae del descarte de múltiples enmiendas de la oposición?

El descarte de numerosas enmiendas de la oposición, especialmente las que buscaban cambios de gran calado como el ius scholae o una reforma profunda del Decreto Tajani, sugiere con fuerza que el gobierno planea aprobar el Decreto 36 casi exactamente como fue redactado originalmente, manteniendo su enfoque restrictivo. Esto reduce la probabilidad de que se introduzcan cambios sustanciales en la forma en que el decreto afecta a las solicitudes de jure sanguinis.

¿En qué punto del proceso legislativo se encuentra el Decreto 36 (DDL 1432) en este momento?

El proyecto de ley para convertir el Decreto-Ley 36/2025 en ley permanente (A.S. 1432) está siendo analizado actualmente en comisión referente (sede referente) por la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado italiano. La labor de esta comisión es examinar con detenimiento el decreto y todas las enmiendas propuestas antes de que pueda pasar al pleno del Senado para su votación, para luego trasladarse a la Cámara de Diputados. La comisión ha venido celebrando sesiones y tiene previsto programar más reuniones para continuar su labor en esta actualización de las enmiendas al Decreto 36.

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